Marco normativo

Problemas, trastornos mentales y epilepsia

El reconocimiento de los Problemas, Trastornos Mentales y Epilepsia, como afectaciones en salud mental tienen un sustento jurídico importante a nivel internacional y nacional el cual busca una atención integral e integrada y garantizar el goce efectivo de derechos de individuos, familia y comunidad.  A continuación, se resaltan las normas, políticas y/o lineamientos relacionados con este tema:

Aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2015, los cuales plantean que en 2030 se reduzca en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles, mediante su prevención y tratamiento, promoción de la salud mental y el bienestar.

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La Constitución Política de 1991, establece, en su artículo 13, que el Estado debe proteger “especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”.

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Ordenanza 026 de 2007 la Asamblea Departamental de Nariño, por medio del cual se aprueba y establece la implementación del modelo de atención primaria en salud mental en el departamento de Nariño.

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Tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de, inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud.

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Por la cual se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen Epilepsia, se dictan los principios y lineamientos para su atención integral.

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Tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servicios de mayor calidad, incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los residentes en el país. Se incluyen disposiciones para establecer la unificación del Plan de Beneficios para todos los residentes, la universalidad del aseguramiento y la garantía de portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, en un marco de sostenibilidad financiera.

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La Dimensión Convivencia Social y Salud Mental, propone un “conjunto de políticas y acciones transectoriales, sectoriales y comunitarias que permiten el despliegue de recursos individuales y colectivos para el disfrute de la vida cotidiana estableciendo relaciones interpersonales basadas en el respeto, la solidaridad y el ejercicio de los derechos humanos para el logro del bien común y el desarrollo humano y social, a través de estrategias enmarcadas en los siguientes componentes: (a) Promover la salud mental y la convivencia y (b) Prevención y atención integral a problemas y trastornos metales y a diferentes formas de violencia”; y la dimensión transversal gestión diferencial de poblaciones vulnerables, donde se evidencian los componentes y modelos de atención para la incorporación del enfoque diferencial.

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Cuyo objetivo es el de garantizar el ejercicio pleno del derecho a la salud mental a la población colombiana, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, mediante la promoción de la salud y la prevención del trastorno mental, la Atención Integral e Integrada en Salud mental en el ámbito del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución y con fundamento en el enfoque promocional de calidad de vida y la estrategia y principios de la Atención Primaria en Salud. De igual forma se establecen los criterios de política para la reformulación, implementación y evaluación de la Política Pública Nacional de Salud mental, con base en los enfoques de derechos, territorial y poblacional por curso de vida.

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Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad 2014 – Guía de formación.

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Por la cual se regula el derecho fundamental a la salud, determina como sujetos de protección especial “la atención de niños, niñas y adolescentes, mujeres en estado de embarazo, desplazados, víctimas de violencia y del conflicto armado, la población adulta mayor, personas que sufren de enfermedades huérfanas y personas en condición de discapacidad, gozarán de especial protección por parte del Estado. Su atención en salud no estará limitada por ningún tipo de restricción administrativa o económica. Las instituciones que hagan parte del sector salud deberán definir procesos de atención intersectoriales e interdisciplinarios que le garanticen las mejores condiciones de atención”

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Por la cual se dictan disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y se establecen directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de intervenciones Colectivas – PIC.

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“…. El objetivo de la PAIS está dirigido hacia la generación de las mejores condiciones de la salud de la población, mediante la regulación de la intervención de los integrantes sectoriales e intersectoriales responsables de garantizar la atención de la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad, oportunidad, continuidad, integralidad y capacidad de resolución”.

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Por la cual se establece Política Nacional de Salud mental que en coherencia con la Política de Atención Integral en Salud, el enfoque promocional de calidad de vida y las directrices de Atención Primaria en Salud, busca “promover la salud mental como elemento integral de la garantía del derecho a la salud de todas las personas, familias y comunidades, entendidos como sujetos individuales y colectivos, para el desarrollo integral y la reducción de riesgos asociados a los problemas y trastornos mentales, el suicidio, las violencias interpersonales y la epilepsia.

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Cuyo objetivo es “promover la salud mental de la población colombiana a través del fortalecimiento de entornos sociales, el desarrollo de capacidades individuales y colectivas, el incremento de la coordinación intersectorial y el mejoramiento de la atención en salud mental, con el fin de reducir la incidencia de problemas o trastornos mentales, el consumo de sustancias psicoactivas y las violencias”.

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Por medio de la cual se adaptan los lineamientos técnicos y operativos de la ruta integral de atención para la promoción y el mantenimiento de la salud y la ruta integral de atención en salud para la población materno perinatal y se establecen las directrices para su operación.

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Por la cual se modifica la política de atención integral en salud (PAIS) y se adopta el modelo de acción integral territorial (MAITE).

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Por el cual se establece la afiliación de oficio al SGSSS.

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Expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, respecto de la Protección a la dignidad humana se reitera el derecho de las personas afiliadas al sistema de salud a “Ser respetado como ser humano en su integralidad, sin recibir ninguna discriminación por su pertenencia étnica, sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, cultura, opiniones políticas o de cualquier índole, costumbres, origen, condición social, condición económica y su intimidad, así como las opiniones que tenga”. Además, en reconocimiento a la autodeterminación, el consentimiento y la libre escogencia, se indica que todas las personas tienen derecho “Al ejercicio y garantía de los derechos sexuales y derechos reproductivos de forma segura y oportuna, abarcando la prevención de riesgos y de atenciones inseguras.”

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Por la cual se adopta el Plan de Desarrollo Departamental “Mi Nariño en Defensa de lo Nuestro”.

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La normatividad en torno a la prevención y atención de los problemas, trastornos mentales y epilepsia en el departamento de Nariño son insumos que han contribuido a generar fortalecimiento de desarrollo de capacidades para garantizar una respuesta institucional con miras al beneficio de la salud mental en el territorio.

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Marco normativo de enfoque diferencial

Por medio de la cual se reglamenta la participación de los grupos étnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

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Por la cual se expide el código de infancia y adolescencia.

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Por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores.

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Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.

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Establece las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

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Por medio del cual se adopta la Política Pública Nacional de Equidad de Género y crea una Comisión Intersectorial para su implementación.

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Por la cual se establecen los lineamientos para la formulación de la política pública social para habitantes de la calle y se dictan otras disposiciones.

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Por medio del cual se adopta la Política Pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientación sexual e identidad de género diversas.

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Se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la política integral migratoria en el estado colombiano y se dictan otras disposiciones.

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Marco normativo para uso de las TIC

Promueve el acceso y uso de las TIC a través de su masificación garantizando la libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura.

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Hace referencia a la modernización del marco institucional del Sector TIC, a focalizar las inversiones para el cierre de la brecha digital y a aumentar la eficiencia en el cobro de contraprestaciones.

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