Marco normativo

Conducta suicida

Se resaltan las normas, políticas y/o lineamientos relacionados con este tema: Ministerio de Salud y Protección Social, junto con la Universidad Nacional de Colombia, 2014 construyeron el documento “Propuesta de Ajuste a la Política Pública de Salud Mental 2014 y su respectivo Plan de Acción 2014 – 2021”, que hizo énfasis en “… garantizar plenamente el disfrute efectivo del derecho a la salud mental mediante su posicionamiento en la agenda pública y la generación de acciones transectoriales de protección y promoción de la salud mental, prevención, tratamiento y rehabilitación integral de los problemas y trastornos relacionados con la salud mental…”. 

Resolución 4886 del 2018 (Minisalud, 2018, pág. 7)

Propuesta Plan Nacional de Salud Mental

Tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de, inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud.

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A través de sus normas y leyes también penalizan estos actos delictivos como son el intento, el suicidio y también el ayudar a una persona a cometer un suicidio o inducir a una persona al suicidio porque es una forma de atentar contra la vida y la integridad personal.

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Establece, en su artículo 13, que el Estado debe proteger “especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”.

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Por medio del cual se aprueba y establece la implementación del modelo de atención primaria en salud mental en el departamento de Nariño.

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Tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud, que en el marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servicios de mayor calidad, incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los residentes del país.

Se incluyen disposiciones para establecer la unificación del Plan de Beneficios para todos los residentes, la universalidad del aseguramiento y la garantía de portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, en un marco de sostenibilidad financiera.

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Expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, respecto de la Protección a la dignidad humana se reitera el derecho de las personas afiliadas al sistema de salud a “Ser respetado como ser humano en su integralidad, sin recibir ninguna discriminación por su pertenencia étnica, sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, cultura, opiniones políticas o de cualquier índole, costumbres, origen, condición social, condición económica y su intimidad, así como las opiniones que tenga”.

Además, en reconocimiento a la autodeterminación, el consentimiento y la libre escogencia, se indica que todas las personas tienen derecho “al ejercicio y garantía de los derechos sexuales y derechos reproductivos de forma segura y oportuna, abarcando la prevención de riesgos y de atenciones inseguras”.

Resolución 229 de 2020

En la Dimensión Convivencia Social y Salud Mental, propone un “conjunto de políticas y acciones transectoriales, sectoriales y comunitarias que permiten el despliegue de recursos individuales y colectivos para el disfrute de la vida cotidiana estableciendo relaciones interpersonales basadas en el respeto, la solidaridad y el ejercicio de los derechos humanos para el logro del bien común y el desarrollo humano y social, a través de estrategias enmarcadas en los siguientes componentes: (a) Promover la salud mental y la convivencia y (b) Prevención y atención integral a problemas y trastornos metales y a diferentes formas de violencia”.

Documento

Por la cual se establece la Política Nacional de Salud Mental que en coherencia con la Política de Atención Integral en Salud, el enfoque promocional de calidad de vida y las directrices de Atención Primaria en Salud, busca “promover la salud mental como elemento integral de la garantía del derecho a la salud de todas las personas, familias y comunidades, entendidos como sujetos individuales y colectivos, para el desarrollo integral y la reducción de riesgos asociados a los problemas y consumo mentales, el suicidio, las violencias interpersonales y la epilepsia.

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El Ministerio de Salud y Protección Social atendiendo lo dispuesto en la Ley 1751 de 2015 o Ley Estatutaria de Salud y en el Plan Nacional de Desarrollo, formalizó la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) a través de la Resolución 429 de 2016, cuya finalidad primordial es centrar la acción de salud en las personas, a nivel individual, familiar y colectivo.

Ley 1751 de 2015 o Ley Estatutaria de Salud

Resolución 429 de 2016

El Ministerio de Salud (2021) plantea la Estrategia Nacional para la Prevención de la Conducta Suicida en Colombia, la cual delimita siete componentes básicos para la prevención y esboza los elementos diferenciales que deben ser considerados en este quehacer según el momento del curso de vida, el género y la pertenencia étnica buscando orientar, mediante cinco hitos de implementación, a los diferentes actores del sector salud y a los demás sectores que se relacionan con los entornos donde tiene lugar el desarrollo humano, para que desplieguen planes, programas y proyectos que, puestos en favor del bien común y basados en las características diferenciales territoriales y poblacionales, aporten al incremento de la capacidad de respuesta ante eventos tensionantes de la vida, a la limitación en la exposición a amenazas del contexto y a la afectación de los determinantes sociales que potencian las amenazas y disminuyen la capacidad de respuesta frente a ellas (Minsalud, 2021 pág. 4).

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La Política Nacional de Salud Mental (Ministerio de Salud y Protección Social, 2018) expresa que el suicidio es un evento prevenible y de gran impacto en el individuo, la familia y la sociedad, lo que lo hace un tema de gran relevancia en salud pública para Colombia.

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Los lineamientos en torno a la prevención y atención de los problemas, conducta suicida en salud mental frente a COVID 19 en el Departamento de Nariño se enmarcar en el fortalecimiento de capacidades garantizando una respuesta institucional logrando un beneficio en cuanto a desencadenantes en salud mental.

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Marco normativo de enfoque diferencial

Por medio de la cual se reglamenta la participación de los grupos étnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

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Por la cual se expide el código de infancia y adolescencia.

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Por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores.

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Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones

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Establece las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad

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Por medio del cual se adopta la Política Pública Nacional de Equidad de Género y crea una Comisión Intersectorial para su implementación.

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Por la cual se establecen los lineamientos para la formulación de la política pública social para habitantes de la calle y se dictan otras disposiciones.

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Por medio del cual se adopta la Política Pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientación sexual e identidad de género diversas.

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Se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la política integral migratoria en el estado colombiano y se dictan otras disposiciones.

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Marco normativo para uso de las TIC

La Constitución Política de Colombia  promueve el uso activo de las TIC como herramienta para reducir las brechas económica, social y digital en materia de soluciones informáticas representada en la proclamación de los principios de justicia, equidad, educación, salud, cultura y transparencia y la Ley 1341 del 30 de Julio de 2009 la cual promueve el acceso y uso de las TIC a través de su masificación garantizando la libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura y el espectro fortaleciendo la protección de los derechos de los usuarios.

Ley 1341 de 2009